AM

Desde el 9 de diciembre de 2010, la Licencia de Conducción para conducir ciclomotores pasa a ser permiso de conducir, clase AM, siendo la edad mínima para obtenerlo, de 15 años desde el 1 de septiembre de 2010.

A1

Edad mínima para obtenerlo: 16 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

  • Motocicletas ligeras CON o SIN sidecar con:
    Cilindrada máxima de 125 cc.
    Potencia máxima de 11 kW (15 CV).
    Una relación potencia/masa no superior a 0,11 kW/kg.
  • Triciclos de motor con una potencia máxima de 15 kW (Se considera triciclo de motor todo cuadriciclo de mmma hasta 400 kg o 550 kg si se usa para carga y cuya potencia máxima sea de 15 kW)

Más los vehículos que se permite conducir con el Permiso AM. También se pueden conducir este tipo de vehículos si se tiene una antigüedad de 3 años en el permiso B, aunque en ese caso sólo se podrá circular dentro de territorio español.

A2

Permiso de nueva incorporación a partir del 9 de diciembre de 2009. Edad mínima para obtenerlo:18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

  • Motocicletas, con o sin sidecar
  • La concesión de este permiso implica la capacidad de manejar vehículos que autorice la clase A1.
Potencia máxima de 35kW (47cv) ó motocicletas con o sin sidecar que no tengan una relación potencia/masa superior a 0,2 kW/kg. Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 4 exámenes.

Dos teóricos y dos prácticos:
  • Teórico de circulación vial. Quedará exento de hacerlo si posee cualquier otro Permiso de más de un año de antigüedad
  • Teórico específico de motocicletas. Quedará exento de hacerlo si posee el permiso A1
  • Practico de maniobras (en circuito cerrado), dividido en tres partes, un ejercicio con el motor parado, un ejercicio a baja velocidad y un ejercicio a elevada velocidad (que será necesario realizar en un máximo de 25 segundos) Hasta septiembre de 2008 la prueba de maniobras consistía en un único circuito sin límite de tiempo.Quedará exento si posees el A1 con más de 2 años.

A

Edad mínima para obtenerlo: 20 años
Require haber estado en posesión del Permiso A2 durante, como mínimo, 2 años.

Habilita la conducción por la vía pública de:

  • Motocicletas de cualquier potencia y peso.
  • Todos los vehículos autorizados por los permisos AM, A1 y A2.
  • A partir de los 21 años de triciclos superiores a 15 Kw.

B

Habilita la conducción por la vía pública de:

  • Vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor hasta 3500kg de m.m.a. (masa máxima autorizada).lll
  • Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9. Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 4250kg
  • Conjunto de vehículos acoplados, compuestos por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque (superior a 750kg de m.m.a) siempre que:
-La m.m.a. del conjunto no exceda los 4250kg
-La m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacio (t.a.r.a) del vehículo al que está acoplado.
  • Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad de 3 años, podrán conducir (en España) las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.

Para la conducción de vehículos que realicen transporte escolar o transporten materias peligrosas se precisará una autorización especial.

Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:

  • Teórico de circulación vial.
  • Práctico de circulación en vía pública.

La obtención de este permiso no implica la concesión del AM, A1, A2, A, BTP, C1, C, D1, D, E.

Vehículos agrícolas y vehículos especiales

  • Se requerirá el permiso de la clase B para conducir vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h ó que transporte personas cuando el número de personas transportadas incluido el conductor no exceda de 9.
  • Los vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios se podrán conducir con el permiso de la clase B, o con la licencia de conducción si el número de personas transportadas no es superior a 5, incluido el conductor.

Se requerirá permiso de la clase B cuando tengan una masa o dimensiones superiores a las indicadas anteriormente o que transporten a más de 5 personas sin exceder de 9, incluido el conductor.

BTP

Edad mínima para obtenerlo:18 años, ser titular del permiso de la clase B en vigor y tener un año de antigüedad en el permiso B (el año de antigüedad puede ser sustituido por un Certificado de Aptitud Profesional).

Habilita la conducción por la vía pública de:

  • Vehículos especiales.
  • Vehículos prioritarios.
  • Taxis.
  • Turismos de transporte escolar.
  • Turismos de alquiler con conductor.

Será necesario realizar 1 examen:

  • Teórico específico de 20 preguntas en un tiempo de 20 minutos.

La obtención de los permisos C1, C, D1 y D implican la concesión del permiso BTP.

   
© 2011. Site Designed by kneda